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Baja por maternidad y paternidad: todo lo que debes saber sobre las prestaciones

por Noelia Murillo ,
Baja por maternidad y paternidad: todo lo que debes saber sobre las prestaciones© GettyImages

Convertirse en padres y madres por primera vez puede suscitarnos cierto recelo a la hora de plantearnos nuestra futura situación laboral. ¿Cuánto dura el periodo de baja por maternidad y paternidad en España? ¿Cómo se verá afectado nuestro sueldo? Intentamos responder tus dudas a continuación

Índice
  1. · Dudas frecuentes
  2. · Algunas excepciones
  3. · ¿Cuánto se cobra durante la baja?
  4. · Diferencias y evolución hacia 2021

A lo largo de los últimos años se han producido diferentes cambios respecto al permiso por paternidad y maternidad, que se ha ampliado con respecto a la duración, las prestaciones económicas a percibir por los progenitores y las circunstancias y condiciones a las que se pueden acoger.

De ese modo, el 1 de enero de 2020 entró en vigor la ampliación del permiso de paternidad, contemplada en nuestro país por la Ley de Igualdad. A partir de ahora, los hombres que se conviertan en padres (por nacimiento, adopción o acogida), podrán disfrutar de seis semanas de baja obligatoria, intransferible e inmediata y otras seis voluntarias e intransferibles a coger durante los primeros 12 meses de vida del pequeno.

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En base al Real Decreto-Ley 6/2019, este subsidio que se da a los trabajadores que suspenden su contrato de trabajo o acuden al cese de su actividad con motivo del nacimiento de su hijo o hija, así como adopción y acogimiento, la ampliación del permiso de paternidad busca equiparar éste con el permiso de maternidad hasta llegar a las 16 semanas, de modo que ambos progenitores puedan disfrutar de su derechos de manera individual sin la necesidad de transferir estas semanas de un progenitor a otro.

Aún así, España sigue sin encabezar la lista europea de países en cuanto a facilidades para la conciliación laboral y familiar, aunque no es el país que presenta peores condiciones para padres y madres. Un año más, los países nórdicos presentan un gran avance en cuanto a políticas sociales que fomentan la igualdad entre el padre y la madre.

Para hacernos una idea, en Suecia, el permiso paternal y maternal tiene una duración total de 16 meses. Pero claro, no hay color entre el desarrollo económico de uno y otro (y también hay que tener en cuenta que hasta hace dos años, los permisos que podían disfrutar padres y madres no superaban los dos meses y el objetivo es que en 2021 alcancemos las 16 semanas, repartidas entre obligatorias y voluntarias).

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Dudas frecuentes

En cualquier caso, si aún tienes dudas con respecto a la baja por maternidad en el caso de que seas o vayas a ser madre primeriza trabajadora, te contamos cuáles son los requisitos que se han establecido para poder cobrar estas prestaciones durante las próximas semanas en España.

Para empezar, es fundamental tener un empleo y estar afiliado a la Seguridad Social. Con ello, el trabajador o la trabajadora debe tener cubierto un período de cotización según la edad. En este apartado, el progenitor debe tener en cuenta una serie de factores, que son los siguientes:

Si las personas trabajadoras que soliciten la baja maternal o paternal tienen menos de 21 años en la fecha del parto o en la fecha de acogimiento o de la resolución judicial por la que se da la adopción, no se exige un período mínimo de cotización. Por el contrario, si el trabajador o la trabajadora supera los 21 años de edad y son menores de 26, deben de demostrar que tienen 90 días cotizados dentro de los 7 años inmediatamente posteriores al inicio del descanso profesional o bien 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a esa fecha.

Por último, si las personas trabajadoras tienen cumplidos los 26 años de edad en la fecha del parto o bien en el momento donde se resuelve judicialmente la adopcion o el acogimiento, se dobla el número de días, de modo que para solicitar este subsidio, es necesario haber cotizado 180 días en los 7 años inmediatamente anteriores al momento en que lo solicita (eso es, al momento del descanso) o bien 360 días a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.

En el caso de los autónomos, ademas de que deben notificar el nacimiento del bebé en un plazo mínimo de 15 días, deben de demostrar que tienen al menos 180 días cotizados a lo largo de los 7 años anteriores al momento en el que deben disfrutar de su permiso o bien 360 días a lo largo de la vida laboral.

El modelo que debes presentar para solicitar la prestación puedes encontrarlo en la página web de la Seguridad Social. Una vez completado y junto a la documentación requerida, tienes que presentarlo en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o en Instituto Social de la Marina (ISM).

Algunas excepciones

En caso de parto, la madre biológica tiene derecho a anticipar su descanso profesional con una anterioridad de cuatro semanas a la fecha prevista para el parto de acuerdo al informe de maternidad que recibe del Servicio Público de Salud. En cualquier caso, dependerá de la decisión de la madre de acuerdo a las recomendaciones del médico y de lo capaz que se vea para continuar su actividad laboral debido a un embarazo de riesgo.

Aquellas mujeres que se encuentren en una excedencia o en períodos de inactividad teniendo un contrato fijo y se encuentren en alguna fase del embarazo, no tienen derecho a esta baja. Además, si existe un despido o suspensión del contrato mientras la mujer embarazada está acogida a su baja maternal, se extinguiría dicho subsidio y pasaría a cobrar la prestación por desempleo.

En caso de adopción o acogimiento, la baja por paternidad o maternidad se puede coger a partir del día de la decisión administrativa que concluye dicho proceso y, en los supuestos de adopción internacional, cuando sea un desplazamiento previo de los padres al país de origen del adoptado, se puede iniciar el subsidio hasta 4 semanas antes de la resolución que constituya esa adopción.

¿Cuánto se cobra durante la baja?

Durante el permiso, ya sea de paternidad o maternidad, se cobra el 100% de lo que se conoce como base reguladora. Esta cantidad suele ser el sueldo que habitualmente se cobra restándole conceptos como el de dietas o transporte, entre otros. En el caso de parto múltiple, adopción o acogida de varios niños simultáneamente, se recibirá un subsidio especial por cada hijo o menor acogido.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o, en su caso, el Instituto Social de la Marina (ISM), siendo este último el intermediario cuando se trate de trabajadores incluidos en el campo de aplicación del Régimen Especial del Mar, serán los encargados de realizar los pagos, los cuales se pueden anular o suspender por varias razones.

La primera y fundamental es que el beneficiario actúe fraudulentamente para obtener o conservar este subsidio, así como que trabaje por cuenta propia o ajena durante los correspondientes períodos de descanso. Solo se puede hacer la excepción si percibe esta cantidad en régimen de jornada a tiempo parcial o en los supuestos de pluriempleo, muy habituales en los últimos años.

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Diferencias y evolución hacia 2021

ñComparando nuestra situación con la de otros países, queda claro que aún queda mucho por hacer para conseguir una baja maternal y paternal más equitativa, aunque se prevé que se irá consiguiendo gradualmente. Teniendo en cuenta que la lactancia materna exclusiva se recomienda como mínimos hasta los seis meses de vida del bebé, el hecho de que la baja maternal dure cuatro complica un poco la alimentación del bebé a la hora de darle el pecho.

Porque sí, en España estamos avanzando poco a poco y pronto se podrá ver una situación muy diferente a la presente hace apenas dos años, ya que 2019 fue un año de cambios, debido a que se aprobó un decreto que consagra un nuevo modelo de permisos gradual que irá añadiendo cambios hasta el próximo 2021 con el fin de que los períodos de bajas sean equitativos.

En 2019, la situación entre hombres y mujeres que disfrutaban de su permiso de paternidad y maternidad era muy diferente entre sí. Las mujeres podían acceder a este período de descanso tras solicitar el mismo durante 6 semanas obligatorias, intransferibles e inmediatas al parto o a la adopción, así como 10 semanas voluntarias que podían solicitar durante el período de lactancia, cuatro de ellas transferibles. Por su parte, los hombres podían disfrutar de esas seis primeras semanas obligatorias y solo 2 voluntarias e itransferibles.

Un año después, desde el 1 de enero de 2020 esta situación ha cambiado: continúan siendo obligatorias, inmediatas e intransferibles las 6 primeras semanas tanto para ellos como para ellas. Sin embargo, aunque se mantienen las 10 semanas voluntarias de baja por maternidad, 4 de ellas transferibles, la duración de la baja de paternidad aumenta dos meses 4 semanas con respecto al año pasado, de modo que durante los 12 primeros meses de vida del bebé pueden solicitar una prórroga de la prestación de hasta 6 semanas voluntarias e intransferibles.

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De cara a 2021, el escenario vuelve a cambiar hasta conseguir un panorama equitativo para ambas prestaciones por maternidad y paternidad: tanto ellas como ellos tienen derecho a disfrutar junto a su bebé en las seis primeras semanas obligatorias, intransferibles e inmediatas al nacimiento y la adopción, con la oportunidad de alargar este período hasta 10 semanas voluntarias que pueden solicitar los primeros 12 meses de vida. Por tanto, en total ambos progenitores pueden recibir estas prestaciones durante 16 semanas, esto es, cuatro meses.

Noelia Murillo
Noelia es redactora de enfemenino, un medio con el que ha experimentado por primera vez la escritura de artículos relacionados con la maternidad, la salud y la belleza. Se graduó …
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