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¿Qué documentos necesito para casarme? | ||||||||
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Este mismo expediente es el que posteriormente tendréis que presentar en la Junta Municipal donde hayáis decidido contraer matrimonio para que os puedan reservar el día y la hora en la que os gustaría casaros. Hacedlo con tiempo porque hay Juntas Municipales que están muy solicitadas, pero tampoco demasiado, porque la documentación tiene una validez de seis meses. Los documentos son gratuitos y los podéis adquirir en el mismo Registro Civil. Una vez presentados todos los papeles en el Registro, al que acudiréis con dos testigos (no tienen por qué ser los testigos de la boda), el juez y el fiscal verificarán los datos y, si son correctos, autorizarán la boda. Suelen tardar unos cuarenta y cinco días en responder. Si dan su visto bueno, tendréis como plazo un año para celebrar el enlace ante cualquier alcalde, juez o funcionario autorizado del país e incluso del extranjero. En este último caso se remitirá el expediente al consulado de España del lugar. Nuestro Código Civil autoriza, además de a los jueces de instrucción, a los alcaldes de todos los municipios de España a celebrar el matrimonio civil. Esto incluye también a los concejales. En los ayuntamientos, las bodas se suelen celebrarse en el Salón de Recepciones de la Casa Consistorial. | ||||||||
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Publicado por La redacción de Novias
el 18/05/2013 | ||||||||
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Documentos para casarse
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